LITERATURA SEFARDITA Y MÁS en... "ARCHIVO WAYBACK MACHINE-Internet"


La responsable del blog:
Pido disculpas si cometo alguna infracción y he olvida suscribirme a alguna información, que sólo me merecía un interés cultural para su difusión. No sólo para el pueblo sefardita del que desciendo y sí para el resto de españoles y gentes interesadas en la cultura judía aportada a nuestra amada Safarad, España. Para cualquier contacto pueden Uds., dirigirse a mi correo electrónico sobre este particular: froschieblau@gmail.com
Soy hija de un judío de origen alemán y de una rama no practicante del judaísmo. No obstante perseguida en la Segunda Guerra Mundial  y parte de sus miembros eliminados por los nazis-
Mi madre era mestiza hija descendiente de esclavo africano y criollo por parte de su madre, 'cuarterones' de las Colonias españolas y un sefardita, cuyos padres llegaron en la diáspora, de los que tuvieron que abandonar España afincándose en el Sur de hispanoamérica.

Fuentes:
http://www.archive.org/web/web.php
http://cvc.cervantes.es/lengua/thesaurus/pdf/35/TH_35_002_190_1.pdf

"Cuando el amares [tonto] favla [cita] leshon hakodesh [el texto sagrado]."
{refrán sefardita} (Lazar 148)

La literatura de los judíos cambió mucho durante la Época de Oro. Los autores solían basar sus obras en la Biblia o temas espirituales. "Acontentóse Moisés con la parte que le dio el Dio."(Muñiz-Huberman 127). La naturaleza también era un tema importante, como la muerte y el amor, muchas veces celebrando la belleza de la creación. "…y llegaron los días de la húmeda primavera…venid hacia mi huerta a respirar el aroma…" (Muñiz-Huberman 27). Los temas en las obras de escritores como Maimónides, quien escribió en prosa árabe escrita en letras hebreas, muchas veces tocaron a Dios, filosofía y teología (Muñiz-Huberman 36-7).
Los escritores judíos mezclaron los estilos poéticos de los árabes con su lengua para crear la primera poesía hispanohebrea (Romero 85). En el pasado los judíos eran muy cerrados a la influencia de otras culturas. Aunque aprendieron las lenguas de otras culturas no aceptaron mucho sus costumbres. En estos siglos, empezaron a unir su cultura con ciertos rasgos de la cultura árabe, como puedes ver en su literatura. Por ejemplo, "adoptaron el ritmo, la rima y la forma de la poesía árabe (Romero 85-6).
Una forma muy distinta de la poesía hebrea es la jarcha. Esta forma es un ejemplo del desarrollo de la poesía árabe mezclada con temas judíos, creando otra poesía nueva. La jarcha es un poema lírico que usa los versos finales de una forma árabe en repetición. "La jarcha de Yosef el Escriba, fechada hacia 1042, puede considerarse no sólo como el texto más antiguo en lengua romance española (el Poema de Mío Cid es de 1140), sino el más antiguo de los textos líricos en lengua romance europea"(Muñiz-Huberman 52). Así se puede ver que la poesía sefardita es muy importante para toda la literatura romance, además de su propia cultura. Aquí tienes un cuarteto de una jarcha:
"Tant' amare, tant' amare,
jabib, tant' amare,
enfermaron uelios gaios,[Enfermaron los ojos alegres.]
e dolen tan male." (Muñiz-Huberman 54).
La forma de su poesía, para unos poetas, era una musulmana pero escrita en hebreo. Otros poetas, como Ibn Gabirol(abajo), escribieron en muchas formas con diferentes rimas y métricas. Las sefarditas seguían fieles a su educación bíblica y solían usar las imágenes y versos de la Tora (Romero 120). Mucha de su poesía eran citas directas de la Biblia adaptadas en formas nuevas. Esto se puede ver, por ejemplo, en El Poema de Yosef. Este poema está escrito en cuartetos con la forma de rima:
__________a,___________b
__________a,___________b
__________a,___________b
__________a,_______Yosef..
y es un ejemplo muy bueno de la mezcla de los estilos españoles y judíos, contando la historia bíblica de Yosef (Lazar 77). Estos estilos y temas fueron usados para la música sefardita también(ve a la página de música).
Otros poetas escribieron en un estilo casi moderno. Aquí tienes un poema por Ibn Gabirol, cuya desesperación es palpable aunque, supuestamente, estaba viviendo en un tiempo de prosperidad.
Este Mísero MundoVana es la mente, la inteligencia oscura;
a la vista está el cuerpo, pero el alma escondida;
el mundo, quien lo busca no halla sino el mal.
Y el hombre la alegría en la tierra no encuentra.
Hoy en día el vasallo da muerte a su señor,
la sirvienta y la esclava a la reina reprenden,
contra el padre y la madre el hijo se levanta
y asimismo la hija contra su padre y madre.
Amigo, mis miradas contemplaron el mundo,
lo bueno a ojos de todos: ¡sólo confusión vieron!
Mientras vive, fatigas ha de aguantar el hombre
y al final sólo obtiene terrones y gusanos.
Tierra, vuelve a la tierra
y el alma al alma vuela (Sola-Solé 73).
Como ves, la imagen que crea Gabirol es uno muy triste. Él parece vivir sin esperanza ni dios, una vida muy diferente a la normalmente descrito en los textos de historia. Tal vez, él era un hombre deprimido. Tal vez había algo negativo en la vida judía que no podemos ver en los otros hechos que tenemos. Pero sin duda, su poesía es desarrollada, simple y profunda.
Una característica muy importante de la sociedad española en aquella época era la presencia de un nivel social de gente rica. Fueron los ricos quienes crearon la atmósfera donde los poetas podían sobrevivir por su arte. Los poetas vendieron sus servicios a los ricos y eran por la mayoría cortesanos (Romero 120). También su poesía era para los judíos educados, porque muchas veces era escrita en hebreo y muchos de los judíos de Al-Andalus no entendieron hebreo sino árabe. Así que podemos ver que aunque esta parte de la cultura sefardita dura, porque estaba escrita, no representa claramente todos los niveles sociales de los sefarditas.

Datos de navegación y enlaces que completan esta lectura: 
Cliquea aquí: La música sefardita --- http://www.youtube.com/watch?v=xfvdBDq1rl4
http://www.youtube.com/watch?v=4NOt_dCbiFI   * 
Origen: Los Sefarditas en la Epoca de Oro

"La verdad va enriva [arriba] como la aceite" {refrán sefardita} (Lazar 140)






¿Cómo era la historia judía en España antes de 1492? La historia de España entre el gobierno de los romanos y los reyes católicos era tumultuosa. Así era la vida de los judíos, pero en los años hacia su salida ellos prosperaban, y crearon una cultura rica y fuerte. La situación económica y política, durante los siglos intermedios del gobierno moro[mapa], creó un ambiente en que los judíos podían aumentar su confianza cultural. Ellos transformaron su estilo de vida, aprendieron más de la agricultura,y se enfocaron en negocios y comercio. También durante esta época, los sefarditas crearon estilos de literatura, música y arte por primera vez que eran mezclas únicas de las culturas de España en aquellos años. Estos rasgos de los sefarditas duran hoy en día, en sus canciones, celebraciones y lenguaje. La lengua de los sefarditas se llama "ladino"

LOS SEFARDITAS Y LOS COMERCIOS ESPAÑOLES


La posición de la sefardita como agente del gobierno moro, durante la Época de Oro, empezó su larga historia de comercio internacional(Raphael 58). Ellos habían ayudado a los árabes en su conquista de los visigodos y eran muy capaces en trabajos administrativos, y comerciales. Entonces los sefarditas trabajaron juntos con el gobierno(Barral Rivadulla 424;Romero 20-1).
Los judíos habían vivido en muchas partes de Europa y África y comunidades de ellos continuaban viviendo allá. Las comunidades extranjeras de judíos confiaban en los sefarditas, porque eran judíos, así que ellos podían intercambiar sobre largas distancias. Además, todas estas comunidades tenían en común la lengua hebrea. Esto facilitaba la comunicación entre las varias comunidades internacionales de judíos.
El papel de los judíos, entonces, era sumamente importante para los negocios de España. Los judíos también tenía un papel especial dentro de Iberia. Eran el pegamento entre los cristianos y los musulmanes y funcionaron como un puente entre las dos culturas (Raphael 69). Ellos pagaron más impuestos que los árabes pero vivieron en un nivel casi igual como los gentílicos (Roth 149). Los judíos tenían éxito en muchos trabajos como médicos, agricultores, plateros, orífices, mercaderes y negociantes.
Arquitectura:








En lo arquitectónico, la sinagoga es una sala, en cuya pared orientada hacia Jerusalén hay un arco o armario (hejal arón hacodes) donde se guardan los sagrados rollos manuscritos (sefarim) de la Tora. Frente al hejal hay un pupitre (tebá) para la lectura de los textos litúrgicos por parte del oficiante que en la tradición sefardí de raigambre hispana suele estar situado en el centro de la sala. La tebá está rodeada de asientos para los fieles y en un algún lugar se mantiene permanentemente encendida una lámpara (tamid). Las mujeres tienen un lugar reservado ('azará), a menudo una galería en un piso superior, en ocasiones cubierta por una celosía(Romero 199).




Cliqueaen los enlaces:
 APELLIDOS SEFARDITAS
Ciudades españolas con huella judías  (hay imágenes)
*Juderías aragonesas
*...Huellas
*Liturgia judía y liturgia cristiana
*Frases célebres basadas en el Talmut y tradición popular judía
*Gastronomí española en general  
*...y dentro de ella  la 








*Hoy:




Del hoy de los judíos
en España


Conferencia inaugural del Curso de Verano
De la tolerancia a la libertad: sobre el desarrollo de la vida judía en la España democrática,
 a cargo del Defensor del Pueblo, Enrique Múgica Herzog


Palacio Universitario Cardenal Lorenzana
Toledo, 1 de septiembre de 2009. 12,00 horas
Autoridades, alumnos, profesores y amigos:
Agradezco a la Universidad de Castilla‑La Mancha y a los responsables de este curso de verano –aunque ya estamos en septiembre, es verano todavía– la ocasión y el honor que me brindan al encargarme la impartición de esta Conferencia inaugural. Mi satisfacción personal se ve además colmada por las características del curso, la importancia de los contenidos del programa y la relevancia de quienes van a intervenir en las distintas sesiones previstas.


Repasando los asuntos tratados en los dieciocho cursos anteriormente celebrados, bien puede afirmarse que se trata de ofrecer ahora una panorámica mucho más amplia, y más diversa, del sentido y del quehacer de la vida de las comunidades judías en el contexto de la España actual. Sin perder de vista, por otra parte, los fundamentos peculiares y característicos de una evolución histórica que ha de tenerse muy presente para extremar la vigilancia y para tratar de no repetir sus errores. Unos fundamentos que ya se manifiestan en cierta medida en el mismo enunciado de los anteriores cursos, en los núcleos temáticos seleccionados para éste y, sobre todo, en los antecedentes bibliográficos que se incluyen en el mismo programa de este año, un inusual programa digno de alabanza por la riqueza de la información básica que aporta así como por las sugerencias de debate que despierta, sugerencias que, estoy seguro, ya forman parte del objetivo principal del curso. Desde el desgraciado acontecimiento de la expulsión, pasando por los desmanes de la Inquisición y la peripecia de los conversos, el papel de los judíos en la literatura española o el problema del antijudaísmo, hasta llegar a las cuestiones vivas y palpitantes del pasado sefardí, han sido algunos de los botones de muestra de todo un rosario de cuestiones que han dado lugar a debates y conclusiones, casi todos publicados o en vías de serlo, en anteriores ediciones de este curso dedicado a la cultura hispano‑judía. Enhorabuena, pues, a los participantes en la organización de esta serie de cursos.


En esta ocasión, sin embargo, bajo el enunciado general De la tolerancia a la libertad, que tantas evocaciones despierta, se va a tratar de cuestiones variopintas acerca del desarrollo de la vida judía en la España democrática. Cuestiones agrupadas en cinco núcleos que todos conocen porque se encuentran bien diferenciadas en el modélico programa que nos convoca hoy aquí. Esos núcleos, cada uno de los cuales va a convertirse en criterio orientador de cada una de las jornadas del curso, son los siguientes: el Estado y los judíos españoles; España, Israel y los judíos del exterior; las comunidades judías; las miradas de los otros y, por último, el pasado en el presente. Es verdad, que cualquiera de esas jornadas tiene tanta enjundia y tanta carga generadora de análisis y debate, que podría dar origen por sí misma a uno o varios cursos como éste. Pero estamos sujetos a unas circunstancias espacio‑temporales y a ellas hemos de ceñirnos. Espero, por ello, que la densidad del propósito que anima a quienes se han planteado este curso tan completo se haga compatible, además, con la contemplación y el goce de esta ciudad maravilla que es Toledo, tan ensimismada en su pasado sefardita como ilusionada con su futuro universal y estimulante.


Precisamente para dar la señal de partida a todo el cúmulo de reflexiones que nos aguardan se me ha asignado en esta conferencia inaugural un asunto nada baladí. Del hoy de los judíos en España. Ni más ni menos. Voy a tratar de ofrecer algunos trazos generales que espero den lugar a otras tantas reflexiones tanto por su parte como por la mía. No con ánimo de agotar los contenidos, porque ello resultaría sencillamente imposible, sino con la modesta pretensión de aportar un granito de arena al mejor conocimiento de nuestra realidad y, sobre todo, de nuestros sueños que también la configuran y la condicionan.


Como es evidente, hablar de los judíos en España, hoy, exige al menos dos vectores de abordaje. Por un costado, el de los sujetos que componen la población judía española en estos momentos y, por el otro, las circunstancias que se condensan en el conglomerado de situaciones y, ¿por qué no decirlo?, de problemas que dan sentido y que vertebran en estos momentos nuestro vivir en un país como España. Esas dos líneas de exploración, a babor y a estribor, nos llevarían muy lejos si pretendiéramos agotar el objeto de nuestro estudio. En estos días van a tener ocasión de pensar sobre algunos de los aspectos más importantes con rigor y detenimiento (y espero que con provecho). Por eso, teniendo en consideración el carácter de mi preliminar intervención, me voy a limitar a exponer algunos puntos que sirvan para llevarnos al convencimiento de que, en los momentos actuales, nos encontramos, como judíos y como españoles, o como lo uno o lo otro, en una situación realmente prometedora para llevar adelante nuestro proyecto vital y comunitario.

En cuanto a la primera vertiente aludida, la de la población, y hablando sólo de cuerpos, porque las almas no pueden contarse, no disponemos de datos suficientemente contrastados acerca del total estimado de judíos que habitan en España hoy en día. Utilizando la información divulgada por el Ministerio de Justicia, encargado de las relaciones con las distintas confesiones religiosas, aunque podrían ofrecerse otros datos, se alcanzaría actualmente en España la cifra de 45.000 judíos, provenientes en su mayoría del norte de África y del medio oriente, gran parte de los cuales son judíos sefardíes. Pero también hay judíos que proceden de América y de Europa entre los que predominan los áshkenazis. Esta superficial aproximación cuantitativa, que no muestra el proceso ni el criterio seguido para su determinación, está demandando clamorosamente un estudio riguroso sobre el particular, estudio no carente de dificultades de realización por tratarse del conocimiento de una condición de los ciudadanos que pertenece claramente a la esfera de la intimidad personal. Y más en concreto a la garantía de “la libertad ideológica, religiosa y de culto de los individuos y las comunidades”, ofrecida por la Constitución vigente; en consonancia con esa libertad, la misma Constitución previene que “nadie podrá ser obligado a declarar sobre su ideología, religión o creencia”, lo cual, si bien garantiza la libertad básica, al mismo tiempo evidencia determinadas limitaciones metodológicas para llevar a cabo estudios cuantitativos y cualitativos rigurosos.
En este sentido, puede afirmarse, empleando un conocido refrán, que “no hay mal que por bien no venga”, considerando como un mal –subsanable– lo espinoso de llegar a un conocimiento preciso de las cifras de judíos residentes en España; y como un bien –irrenunciable– el de la libertad fundamental garantizada por la Carta Magna. En cualquier caso, parece que podrían utilizarse instrumentos o criterios estimativos que permitieran de algún modo conocer con cierta seguridad la cifra de judíos existentes en España sin atentar por ello contra la libertad religiosa. Ahí tienen un reto inicial, si se me permite hablar en estos términos, nuestros sociólogos y nuestros expertos en estadísticas demográficas. De hecho, en la vecino República francesa se dispone de datos mucho más precisos, vía internet, que facilitan una comprensión más nítida del colectivo judeo‑francés, de sus inquietudes y de sus preocupaciones.
Por lo que se refiere a la implantación, o reimplantación, en España de esa población judía tampoco se dispone de una panorámica detallada y precisa. Es muy meritoria en este sentido la labor desarrollada por la reciente colección de estudios publicados por Hebraica Ediciones y por Cuadernos de Sefarad. Precisamente en uno de sus últimos números, aparecido el año pasado bajo el título Los judíos en la España contemporánea, se contienen numerosos y muy ilustrativos datos, a los que tengo que hacer referencia, porque soy su reconocido deudor, que llevan la firma de Jacobo Israel Garzón, Alejandro Baer, Alberto Benasuly y Uriel Macías. En esa publicación se da cuenta, por ejemplo, del lento y tenaz, a veces temeroso, crecimiento de las comunidades judías en el territorio español durante los últimos decenios. Desde el selecto grupo de quienes eran personajes públicos y notorios, que daban a conocer sus ideas y proyectos públicamente, a quienes de manera anónima y esforzada buscaban un lugar al sol para huir de persecuciones inexplicables por irracionales o, simplemente, para ejercer una profesión o un oficio que les permitiera vivir con dignidad.
Sin tener que ahondar en precisiones sobre la dispersión derivada de la expulsión que, repito, ya nos han sido transmitidas por medio de numerosas y autorizadas fuentes documentales, puede decirse que la diáspora de retorno a Sefarad se produce principalmente al socaire de las dos guerras mundiales del pasado siglo. En cuanto a la primera, la de 1914‑18, bastantes judíos vinieron a España procedentes de Francia, y luego se quedaron, por tener nacionalidad originaria de países en contienda con el gobierno francés; y en lo que hace a la segunda gran guerra, el retorno se produce desde Alemania, forzados los que vinieron por la barbarie nazi, aunque ya con la prolongada crisis económica de 1929 se venía produciendo un goteo de entrada fomentado, entre otras causas, por la benevolencia de las autoridades republicanas, fundamentalmente respecto de la llegada de sefarditas. A pesar de todo, estas llegadas más o menos azarosas no alcanzaron nunca, ni con mucho, las cifras elevadísimas que después hemos visto en los movimientos inmigratorios de tipo económico provenientes de países poco desarrollados o empobrecidos.
Si en la actualidad se estima, con datos difundidos desde medios oficiales, que el número de judíos en España ronda la cifra de 45.000, podemos deducir, razonablemente, un vacío histórico demográfico muy prolongado desde la época de la expulsión en el siglo XV. Ese vacío ha sido señalado, acertadamente, por Basilio Baltasar (El País, 22/VII/09) como “el acontecimiento histórico que nos distingue de nuestro entorno europeo: España –afirma– ha sido el único país sin judíos”. Se trata de un acontecimiento que permite –prosigue Baltasar– echar de menos “la participación de la comunidad judía en el impulso ilustrado” y los correspondientes efectos perjudiciales de esa ausencia. Entre ellos, cabe aludir a “la construcción del individuo inteligente como sujeto central de la Historia”, muy relacionada con “los miembros de una comunidad inclinada por necesidad y vocación a impugnar los dictados de la tiranía”.


En ese mismo sentido abunda, aunque sin citar el caso español, el experto en relaciones internacionales Norman Bentwich[1], que pasa revista a las diversas contribuciones de los judíos al desarrollo del mundo moderno. Contribuciones que mucho tienen que ver con “el sentido profundo de la unidad en abstracto” determinado en muy amplia medida por la especial concepción religiosa del mundo y del pueblo judío acerca de la acción divina sobre el mundo. Se trata de una concepción eminentemente funcional que obedece, entre otros aspectos, a una radical libertad de pensamiento complementada con una absoluta libertad de conciencia. Puntales básicos de esa manera de ser que no pueden asimilarse a modelos de personas religiosas, tal y como se entienden en estos pagos, por el catolicismo imperante, son las personalidades de un Karl Marx, un Albert Einstein o un Sigmund Freud, seguramente las tres figuras más determinantes de la vida cultural, científica y política del siglo pasado. Si a ellas, como estrellas rutilantes y sobresalientes, se une la pléyade de pensadores, científicos, literatos, músicos, artistas y políticos que, procedentes del mundo judío, han impregnado el espíritu y el saber humano de todas las naciones, podemos hacernos una idea de la orfandad provocada a la que hemos estado sometidos durante ese periodo, larguísimo periodo, de vacío en el discurrir de la vida española. Si, por otra parte, consideramos las aportaciones asociadas a los saberes judíos en materia de comercio, banca, relaciones humanas, comunicación y lenguaje, nos acercaremos a la idea de recursos no disponibles o francamente desperdiciados durante unos periodos temporales muy extensos, constitutivos de lo que Américo Castro denominó “dramática complejidad de la historia española”.
Sin embargo, las cosas están cambiando de manera ostensible. El mismo Rousseau, en su Emilio, el año 1762, ya manifestaba que “los judíos dispersos no tienen posibilidad de proclamar sus verdades a la humanidad. Aprenderemos lo que ese pueblo tiene que decirnos –explicaba– cuando consiga nuclearse en una comunidad libre, con escuelas y universidades propias en las que se pueda expresar con libertad”. Verdadera y sorprendente premonición de lo que muchos años más tarde llegaría a consolidarse con el Estado de Israel. Aunque parezca que estoy haciendo proselitismo coyuntural, no estoy perdiendo de vista el objeto de mi intervención. Muy al contrario, me gustaría destacar en nuestro ámbito histórico nacional una floración de genios como los que se pueden identificar en Alemania, Francia, Reino Unido o los Estados Unidos de América. Y a crear las condiciones idóneas para que así suceda debemos dedicar nuestro esfuerzo porque antecedentes lejanos tenemos algunos. Incluso bastantes, si recordamos los tiempos en que Sefarad era la joya de la gran diáspora inicial. Pero cuando se tiene que hablar sobre el hoy de los judíos en España tan sólo hemos de referirnos al presente y al futuro. Y desde ese punto de vista, resulta esperanzador el ascenso de las cifras de judíos en nuestro país en los últimos años.
Muy ligados a los aspectos demográficos, y al crecimiento de la población judía, están los asuntos concernientes a la enseñanza de la práctica religiosa, tan relacionadas ambas con la transmisión  de los conocimientos de la tradición. Con la Torah y con el Talmud. No en balde la Federación de Comunidades Judías en España, que agrupa a casi todas las que hay en el país, y que va a tener una participación muy activa en este curso, alude en una de sus memorias anuales, de manera destacada, a los puntos relacionados con la evolución religiosa de esas comunidades y con la educación, entre otros apartados. Por lo que se refiere a las cuestiones religiosas se mencionan la disponibilidad de sinagoga y la existencia de rabino como elementos primordiales; y en cuanto a la educación, se insiste en la peculiaridad judía de la enseñanza por el cauce de los colegios judíos.
Si hubiera que mencionar alguna debilidad especial en las comunidades judías, podrían citarse el progresivo decrecimiento de la población infantil y la carencia de un verdadero liderazgo religioso en el sentido antes evocado. Una posible causa de ambas circunstancias es el hecho de que una aplastante mayoría de la población judía es predominantemente urbana. Ahora bien, lejos de suponer, con Toynbee, que por ello el judío moderno es algo residual, producto de una sociedad en proceso de extinción, hemos de mantener la confianza en que también ahora, en plena etapa de globalización, se pondrá de relieve, una vez más, la extraordinaria capacidad de los judíos para la adaptación. Y mucho más en estos momentos, cuando el judío ha dejado de ser un judío errante, un judío sin patria. En la actualidad, todo judío tiene un ámbito familiar de referencia, otro Estado al que siempre puede volver su mirada en busca de apoyo. La solidaridad viene a representar, por ello, un principio de fraternidad aplicable y sagrado en caso de peligro para algún miembro de las comunidades judías, quizá como reflejo y reacción ante situaciones pasadas.
  Creo que en estos momentos conviene reproducir la distinción tan subrayada por Hannah Arendt entre  judaicidad, como expresión neutral, permaneciendo en una comunidad judía en tanto que miembro natural de la misma, y el judaísmo consciente y en trance permanente de perfeccionar el acontecimiento que supone ser judío.  En esa misma dirección, al hablar de Israel, de la patria judía, afirma que esa patria “no está en el centro de nuestras aspiraciones nacionales tan sólo porque hace 2000 años cierto pueblo, del que en un sentido u otro se supone que descendemos, vivía allí, sino porque durante 2000 años el más insensato de los pueblos encontró agrado en preservar el pasado en el presente porque para él las ruinas de Jerusalén están, podríamos decir, arraigadas en el corazón del tiempo”.[2]
Interesa ahora también hacer alguna referencia, aunque sea mínima, a las relaciones de vecindad, tan cruciales cuando se trata del mundo judío, cuyas principales dificultades han solido estar causadas por el hecho de que sus componentes han sido, por decirlo así, diferentes y además porque han deseado seguir siéndolo. Aún manteniendo que las identidades y las fronteras culturales van relativizándose con los procesos de globalización y los avances tecnológicos, siguen persistiendo en las comunidades judías unas peculiaridades notorias aunque se encuentren amparadas por un marco normativo en el que la Constitución vigente reconoce los derechos inherentes a la persona en general y garantiza, desde su preámbulo, la convivencia democrática, el imperio de la ley y la protección de todos los españoles, de sus culturas, sus tradiciones, sus lenguas e instituciones. A esta segunda vertiente, la de las normas que rigen la convivencia en España, dedicaré el otro gran apartado de mi intervención.


Aunque la libertad religiosa, en el ámbito mundial, sea de las libertades menos protegidas por las normas internacionales, pues tan sólo aparece en 1981 una Declaración, sin fuerza obligatoria, sobre la eliminación de las formas de intolerancia y discriminación basadas en la religión o la creencia, la Constitución española de 1978 le dedica dos artículos básicos. Por una parte, el artículo 14 que, desde la perspectiva de la igualdad, proclama el principio de no discriminación en lo que afecta a la aplicación de la ley, y que menciona explícitamente tanto la raza como la religión en su pequeño listado de circunstancias personales que no justifican un trato diferente. “Los españoles –establece el mencionado artículo– son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social”.
Por otro lado, debemos mencionar el artículo 16 de la norma suprema, que en sus tres apartados consagra, de manera muy matizada, el principio de libertad ideológica, religiosa y de culto, el principio de no confesionalidad del Estado, y el principio de cooperación con la Iglesia Católica y las demás confesiones. Todos esos principios, incluidos en el Título primero, dan lugar a derechos fundamentales y, como tales, se encuentran especialmente protegidos. Además, por efecto del artículo 10 del mismo texto constitucional, según el cual las normas sobre derechos y libertades fundamentales “se interpretarán de conformidad con la Declaración Universal de Derechos Humanos”, el derecho a la libertad ideológica, religiosa y de culto goza de una doble protección. Y ello es así  porque esa Declaración acoge también el derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión, ampliando sus efectos para incluir también lo que llama “la libertad de cambiar de religión o de creencia, así como la libertad de manifestar su religión o su creencia, individual y colectivamente, tanto en público como en privado, por la enseñanza, la práctica, el culto y la observancia”. Un doble blindaje que merece ser subrayado por su contundencia y por sus efectos en la práctica.


Como es natural, no vamos a entrar, aquí y ahora, en un análisis exhaustivo de estas normas básicas. Por el momento, sin perjuicio de análisis o comentarios de mayor calado, debe bastarnos el simple cañamazo normativo descrito que, junto con las demás reglas de nuestro ordenamiento, dan lugar a un marco jurídico e institucional auténticamente relevante. Por lo pronto, desde la atalaya que supone la actividad de Defensor del Pueblo, como banco de pruebas que muestra la eficacia de la regulación antedicha, doy testimonio de que son más bien escasas las quejas ciudadanas que se reciben en el registro de la Institución acerca de la posible vulneración de estos derechos fundamentales. Durante los últimos años, en concreto, se han registrado muy pocos casos. Cabe citar la reclamación de un ciudadano que solicitaba el cambio en la fecha de fijación para la realización de pruebas de acceso a la función pública, que coincidía precisamente en sábado. La cuestión, analizada y sopesada debidamente, teniendo en cuenta las circunstancias correspondientes, en las que concurrían varios derechos fundamentales que afectaban a todos los opositores, se resolvió en el sentido de tratar de asimilar el supuesto a otros antecedentes en los que se había permitido a los aspirantes la posibilidad de celebración de una prueba en fecha distinta a causa, por ejemplo, de un suceso considerado como de fuerza mayor. O la situación, también planteada ante el Defensor del Pueblo por parte de ciudadanos de diversas religiones, en relación con el respeto debido hacia las festividades propias de sus credos, de la asignación de servicios o de trabajos durante esos días, o acerca del régimen alimentario especial en hospitales o escuelas. Tras la investigación pertinente, siempre se puso en claro que la afiliación o la opción religiosa de la persona no podía ser considerada como la causa principal del conflicto, en el que aparecían otras razones, a veces relacionadas con la simple gestión de los recursos disponibles, y con los derechos adquiridos por parte de terceras personas. Y, por lo general, trató de superarse siempre la situación mediante acuerdos con las partes interesadas.
También dentro del marco normativo por el que se rigen los españoles, y tras describir los aspectos positivos de la protección de los derechos, merecen ser destacados los aspectos relacionados con los problemas que suscitan las conductas racistas, xenófobas o intolerantes que asimismo serán objeto de reflexión en este curso. Hasta hace bien poco, circunscribiéndonos a la época democrática que delimita nuestra intervención, tan sólo se podían detectar conatos o brotes de conductas racistas hacia determinados colectivos, como la comunidad gitana, o últimamente algún núcleo o poblado de personas inmigrantes. Sin embargo, determinados casos aislados y puntuales pueden servirnos como señal de alarma ante el león dormido del mal del racismo que siempre acecha en los comportamientos sociales. Entre esos comportamientos aberrantes, destaca el relacionado con el antisemitismo, esa “pasión enloquecida, en palabras de Tolstoi, que tiene que ver con las perversiones más bajas de la naturaleza humana enferma, concentradas en la voluntad o el deseo de odiar”.


Al hablar de las estrategias adoptadas por los poderes públicos en España contra la violencia racial, la intolerancia, el antisemitismo y la xenofobia, es preciso partir nuevamente del ya mencionado artículo 14 de la Constitución en el que se proscribe cualquier tipo de discriminación ante la ley. Precepto del que toman fundamento tanto las medidas legislativas penalizadoras o correctoras como las medidas de tipo educativo. Por lo que hace al tratamiento concreto que en el campo jurídico reciben las conductas intolerantes, antisemitas o xenófobas, es preciso señalar que España ha suscrito todos los instrumentos internacionales de lucha contra el racismo y, en el ámbito interno, el Código Penal español vigente contempla un tipo penal en su artículo 510 dirigido a evitar tales conductas. Se trata de los delitos cometidos con ocasión del ejercicio de los derechos fundamentales y de las libertades públicas garantizadas por la Constitución a las que también hice antes alusión.


En concreto, se trata de las conductas de incitación a la discriminación, al odio o a la violencia contra grupos o asociaciones, por motivos racistas, antisemitas u otros referentes a la ideología, la religión o las creencias, la pertenencia a una etnia o raza determinadas, su origen nacional, el sexo o la orientación sexual, la enfermedad o la deficiencia. Esas actuaciones delictivas se castigan con pena de prisión que va de uno a tres años y multa de seis a doce meses. La misma pena reserva el Código para quienes difundan informaciones injuriosas sobre grupos o asociaciones en relación con su ideología, religión o creencias, la pertenencia de sus miembros a una etnia o raza, su origen nacional y otras características. Además, la comisión de cualquier delito por motivos racistas, antisemitas u otros constituye una circunstancia agravante de la responsabilidad criminal en virtud de lo previsto en el mismo Código Penal. Como seguramente será objeto de análisis a lo largo de estas jornadas, destaco la importancia del hecho que supone la consideración explícita y separada del antisemitismo en tanto que causa de ilícito penal. Esta específica consideración le otorga un significado peculiar más allá de su posible asimilación a las conductas de tipo racista en general.

Sin embargo, en lo que afecta a la aplicación de la ley, la jurisprudencia española ha elaborado sentencias diversas en relación con un hecho tan reprobable como la negación del Holocausto. Tras haber considerado este hecho, en una determinada época, como delito continuado de apología del genocidio[3] o como tergiversación histórica y atentado al honor de las víctimas[4], en una sentencia más reciente el propio Tribunal Constitucional, teniendo en cuenta el conflicto con el derecho a la libertad de expresión, ha declarado inconstitucional la expresión que fundamentaba como delito la negación del Holocausto[5], si bien mantiene en vigor todo lo concerniente al antisemitismo como ilícito penal autónomo.
Aún quedaría por encajar en nuestro marco normativo determinadas conductas que, oportunamente disimuladas, o amparadas en fines incluso falsamente filantrópicos, como los de evitar la opresión sionista, esconden un nido de antisemitismo larvado. Se trata de lo que Taguieff ha denominado “la nueva judeofobia”, provocada por intereses diversos o desinformación y se centra en acusaciones contra Israel, y que ha permitido (sobre todo, en la realidad de la vecina Francia) “reconstituir, señala este autor, una visión antijudía en la segunda mitad del siglo XX. Como ocurría con el viejo ‘antisemitismo’ en el sentido fuerte del término, la estructura de esta representación es la de un odio absoluto a los judíos, a quienes la fantasía pinta como a representantes de una única y misma entidad intrínsecamente negativa”.[6] Las distintas formas que puede revestir el antisemitismo y que, de hecho, ha adoptado a lo largo de la historia deben hacernos extremadamente sensibles y, en este sentido, hemos de mantenernos vigilantes continuamente. A veces, no resulta fácil discernir si determinadas conductas obedecen a motivaciones que pueden degenerar en alguna clase de antisemitismo, que ha experimentado metamorfosis diversas a lo largo de la historia, de carácter religioso, político, económico, social o racial, pero manteniendo un fondo de odio y de exclusión inadmisible.[7]


Más allá de la estrategia jurídico‑penal, ha de tenerse asimismo en cuenta otra estrategia quizá más eficaz a la larga: la estrategia educativa. Las leyes españolas reguladoras del sistema educativo contemplan, entre los fines de la educación, la formación en el respeto de los derechos y libertades fundamentales y en el ejercicio de la tolerancia y de la libertad,
en un contexto democrático de convivencia. En igual sentido, la acción formativa debe contener elementos para que los alumnos vayan adquiriendo esquemas de conducta en los que se plasmen las ideas de paz, de solidaridad y de cooperación entre los pueblos. Estas finalidades se trasladan a la ordenación general del sistema educativo para el que se establece, en consecuencia, una serie de principios como, por ejemplo, los de una efectiva igualdad de derechos de todas las personas, el rechazo a todo tipo de discriminación y el respeto a todas las culturas, y algo de carácter práctico que de alguna manera tiene que ver con todo lo demás: el fomento de los hábitos de comportamiento democrático. Estos hábitos incluyen, claro está, el respeto por el ordenamiento y las normas antes citadas o la difusión documental relativa al conocimiento de la verdad histórica. Estoy pensando en la divulgación de publicaciones utilizables como material didáctico, tan eficaces y atractivas como las que se refieren a estos  problemas  y  que pueden  ser  difundidas  por las propias comunidades judías y reproducidas por los medios de comunicación de mayor audiencia.[8]
Todo este panorama, forzosamente puntual y descriptivo, sólo pretende ser un apunte estimulante de las jornadas que vienen para las que deseo todo género de frutos aprovechables y especializados. Como judío que espera que la población judeo‑española y los españoles en general participen de los ideales que a todo lo largo de la historia han caracterizado a nuestras comunidades, en un clima de concordia y de respeto, creo que debo felicitarme por la situación española actual. Es cierto que subsisten ciertos problemas, que todo puede mejorarse y que, dada mi condición personal, deseo que se alcancen las cotas más altas de comprensión, respeto, libertad y solidaridad en los comportamientos ciudadanos. No obstante, teniendo en cuenta el marco jurídico y social en el que vivimos, creo que hoy disponemos en España de los recursos necesarios para fortalecer las bases de una convivencia ideal. También es verdad que aún duelen determinadas heridas históricas y el recuerdo de la leyenda negra transmitido a veces de manera sospechosamente desencarnada; que la imagen mítica del judío había dejado una huella profunda, incluso en el lenguaje ordinario, derivada del antisemitismo cristiano medieval, reverdecido en sus largos días por un nacional‑catolicismo actualmente desacreditado; que, además, había calado de alguna manera, en las mentes más obcecadas, un nuevo antijudaísmo teñido de influencias raciales o conspirativas, influencias procedentes de algunos países europeos, que se manifestaron con más claridad, por ejemplo, en las veleidades nacionalistas representadas por individuos del talante y las hechuras de un Sabino Arana. Pero, asimismo no es menos cierto –y me consta personalmente– que en los momentos actuales hay mucha gente que muestra con orgullo sus antecedentes judíos, y sobre todo que, aunque los judíos en España, como se pone de relieve en un informe del Congreso Judío Mundial, “han tardado bastante tiempo en concebir la posibilidad de echar raíces en la Península (...), la gran mayoría es ya española hoy en día, con segundas y terceras generaciones”. El mismo informe afirma que “los judíos declaran sentirse bien integrados en el seno de una sociedad poco antisemita”, y los estereotipos peyorativos (como la avaricia o la traición) se compensan con valores positivos, como la inteligencia, la capacidad de trabajo, la responsabilidad personal o la facilidad para desempeñar determinadas competencias y habilidades profesionales.
En resumidas cuentas, aunque no sea para echar las campanas al vuelo, espero que se me perdone la proverbial metáfora, la situación de los judíos en la España de hoy ha de tenerse por prometedora y plena de esperanza. Aquí, por eso y para terminar, resulta oportuno el recuerdo del rabino español Abraham Ibn Ezra, que llegó a Inglaterra procedente de Sefarad en el siglo XI y que nos ha legado los siguientes versos, impregnados de plenitud mesiánica:
¡Crezcamos y envejezcamos juntos!
Lo mejor está todavía por llegar


  Así lo espero. Muchas gracias y buen trabajo.


[1]  En The Jews in our Time (The development of Jewish life in the modern world). Penguin Books, 1960.
[2] Citado por J. Kohn en el prefacio del libro de H. Arandt: Escritos judíos. Paidos (Barcelona/Buenos Aires/México), 2009.
[3]  Sentencia del Juzgado de lo Penal nº 3, de Barcelona, de 6 de septiembre de 1998

[4]  Sentencia del Tribunal Constitucional, de 11 de noviembre de 1991

[5] Sentencia 235/2007, de 7 de noviembre
[6]  Pierre-André Taguieff: La nueva judeofobia. Gedisa Editorial. Barcelona, 2009. En sentido parecido, es preciso citar el trabajo de S. Wahnón “Nuevo antisemitismo”, publicado por la revista FAES (Cuadernos de pensamiento político) correspondiente a Abril/Junio 2005.

[7]  Son ilustrativos a este respecto los trabajos siguientes, aparecidos en la revista ESPRIT: “L’antisémitisme racial est-il apparu au XXe siècle?” de Y.H. Yerushalmi (Mars 1993) y “Antisémitisme: l’histoire se répète-t-elle?” de M. Canto-Sperber (Août-septembre 2004).
[8]  Resultan destacables, por su alcance y rigor, el folleto/cómic Holocausto (A. Zapico, patrocinio del Gobierno del Principado de Asturias y organizado por el Grupo de educación  sobre la Shoá. 2007). Asimismo, merecen mención las emisiones del espacio La voz de la Torá (RNE), las actividades de la Casa Sefarad/Israel, los volúmenes de Ediciones Hebraica, el programa semanal Shalom (TVE), o el trabajo de la emisora, difundida en internet, Radio Sefarad.



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Si alguno de mis lectores cree conveniente que  añada otras referencias para completar este contenido, se lo agradezco. Más arriba está mi dirección de correo. De todos modos en mi blog he ido colgando esporádicamente algunas cosas referentes y de interés histórico, político y cultural en general, con la etiqueta "Objetividad sin discusión" o "Historia"

A. Elisa Lattke Valencia

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